El Supremo dicta que no deben gravarse en el Impuesto sobre Sucesiones, las acciones, participaciones e inmuebles en concepto de “ajuar doméstico”, lo que tendrá un impacto relevante en empresas familiares y patrimonios.
Las sucesiones de empresas familiares y de grandes patrimonios tendrán a partir de ahora un sustancial alivio fiscal. El Tribunal Supremo acaba de emitir dos importantes sentencias que sienta jurisprudencia, con el fin de modificar el beneficio de los herederos, la valoración que se daba de las acciones, participaciones, inmuebles y tesorería en las herencias.